La Constitución
Política de Colombia de 1991 (CPC)
plantea en su artículo 122 que “no habrá
empleo público que no tenga funciones
detalladas en ley o reglamento y para proveer los de carácter remunerado se
requiere que estén contemplados en la respectiva planta y previstos sus
emolumentos en el presupuesto correspondiente”(…), además la CPC define en
su artículo 123 que, “son servidores
públicos los miembros de las corporaciones públicas, los empleados y
trabajadores del Estado y de sus entidades descentralizadas territorialmente y
por servicios”(…).
En
principio se pensaría que conforme están escritas las normas, todo debería
marchar a la perfección, pero nuestro mundo no es un mundo de ángeles, nuestros
tiempos y aconteceres han demostrado que “hecha la norma hecha la trampa”,
además la sociedad colombiana ha mostrado en los últimos tiempos un deterioro
en los valores y principios humanos, de lo que no se escapa ni siquiera quienes
ostentan la calidad de administradores del sistema de justicia de una sociedad
tan desigual como la colombiana, como se pudo registrar ante los medios masivos
de comunicación en los últimos días en donde jueces y magistrados se han visto
involucrados en hechos de corrupción.
Se
esperaría que las Universidades, por su calidad y carácter serían espacios
vedados para cualquier intento de corrupción, pero la realidad muestra otra
cosa, las universidades no son el mejor ejemplo de lo que no debería hacerse
con los bienes y los recursos del Estado.
Creo en
la posibilidad de que las Universidades desarrollen más fácilmente que otras
instituciones un ejercicio de reflexión y autocrítica que permita la
restauración de unos valores y principios, a lo cual invito a quienes tienen
injerencia en la toma de decisiones, ya que son las universidades las que en
épocas tan difíciles deben marcarle el rumbo a una sociedad que ha perdido la
esperanza.